Dos años y tres meses de cárcel por llevar droga oculta en el cinturón de su chándal cerca de una discoteca

La Audiencia Provincial de Salamanca ha dictado sentencia condenatoria, considerando al acusado culpable de un delito contra la salud pública

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Dos años y tres meses de cárcel por llevar droga oculta en el cinturón de su chándal cerca de una discoteca
Audiencia Provincial de Salamanca.
Tamara Navarro
Tamara Navarro
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La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un joven por un delito contra la salud pública, en la modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, conforme al artículo 368 del Código Penal.

El caso se inició en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Salamanca, que tramitó las diligencias previas 309/2024 y llevó a cabo las investigaciones necesarias. Tras la fase de instrucción, el Ministerio Fiscal solicitó la apertura de juicio oral, atribuyendo la competencia del caso a la Audiencia Provincial.

 

Los hechos

Se declara probado que, sobre la 1.30 horas del 17 de febrero de 2024, agentes de la Policía Nacional, en un operativo de prevención de la delincuencia, procedieron a la identificación de un joven que caminaba junto a un grupo de personas por la calle cercana a una conocida discoteca, donde se celebraba una fiesta tecno.

El acusado, al percatarse de la presencia policial, realizó un movimiento evasivo, lo que llamó la atención de los agentes, quienes procedieron a un cacheo tanto a él como a las personas de su entorno. Durante la inspección, se encontraron sustancias estupefacientes ocultas en la cintura de su pantalón de chándal:

-Un envoltorio transparente con seis dosis de MDMA, con un peso total de 2,92 gramos y una riqueza del 74,89 %, lo que arroja un contenido neto de 2,18 gramos.

-Un envoltorio negro con cuatro pastillas de MDMA de color gris, con un peso total de 1,6 gramos y una riqueza del 55,4 %, resultando un contenido neto de 0,88 gramos.

-Un envoltorio de papel con 0,63 gramos de resina de cannabis.

El pesaje inicial de las sustancias se realizó en presencia del acusado en una faramcia, cercana al lugar de los hechos.

Según las estimaciones, la droga intervenida alcanzaría en el mercado ilícito un valor de 145 euros para la MDMA en polvo, 79,61 euros para las pastillas de MDMA y 4,27 euros en el caso de la resina de cannabis.

La MDMA, una variedad del éxtasis, es considerada una sustancia que causa grave daño a la salud.

 

Condena

La Audiencia Provincial ha dictado sentencia condenatoria, considerando al acusado culpable de un delito contra la salud pública. Se le impone una pena de 2 años y 3 meses de prisión, además de una multa de 600 euros con responsabilidad personal subsidiaria de 30 días de privación de libertad en caso de impago. También se le impone la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, la imposición de costas procesales y el comiso de las sustancias y efectos intervenidos.

En su defensa, el acusado alegó ser consumidor habitual, negando la intención de distribuir la sustancia. Sin embargo, la sala consideró que la cantidad intervenida, la distribución en dosis individuales y la ocultación de la droga indicaban una posible finalidad de tráfico, por lo que se descartó la versión del acusado.

Asimismo, se ha reconocido la existencia de una circunstancia atenuante del artículo 21.2 del Código Penal, dado que en el momento de los hechos el acusado presentaba un trastorno por consumo de sustancias, lo que afectaba moderadamente sus facultades volitivas.

Con esta resolución, el caso queda cerrado, salvo que la defensa decida presentar un recurso contra la sentencia.