Confirmada la absolución de un hombre acusado de agredir sexualmente a la hija de su expareja en Salamanca

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Salamanca al no quedar probada la declaración de la chica

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Confirmada la absolución de un hombre acusado de agredir sexualmente a la hija de su expareja en Salamanca
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Isabel Andrés Rodríguez
Isabel Andrés Rodríguez
Lectura estimada: 2 min.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la absolución de un hombre acusado de un delito de agresión sexual cometido contra una menor, de 11 o 12 años cuando ocurrieron los hechos, hija de su expareja, al no quedar suficientemente probado y arrojar dudas las declaración de la chica.

El Alto Tribunal de la Comunidad ha confirmado la sentencia del pasado enero de la Audiencia Provincial de Salamanca, rechazando así el recurso que planteó a la misma la acusación particular, de acuerdo al fallo facilitado este martes por el TSJCyL y que recoge EFE.

Los hechos se remontan al 2013 en un periodo de convivencia del acusado con su pareja y la hija de la misma, que denunció, nueve años después, que supuestamente mientras su madre estaba trabajando el hombre le hizo tocamientos en sus genitales y en los pechos. Estos hechos no se pusieron en conocimiento de las autoridades hasta diciembre del 2022.

El TSJ ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Salamanca, que recogió que la joven hizo la denuncia "unos nueve años después" de que ocurrieran los hechos, "lo que impide que haya fijeza pues no se sabe bien en qué fechas y momento pasaron, sin olvidar que hace imposible al acusado" armar su defensa sobre la base de la "contundente" coartada de que ni siquiera estaba junto a la denunciante el día en que ocurrió.

La Audiencia consideró entonces que no se podía dar credibilidad a las declaraciones de la víctima sobre la agresión sexual, que no quedó suficientemente probada, por lo que el tribunal no puede afirmar que sea falso, pero tampoco que sea un dato de hecho verdadero y verificado en este proceso.

Y ahora, el TSJ de Castilla y León mantiene ese fallo al estimar que la declaración de la afectada, única prueba en el caso, arrojaba dudas y no era suficiente para verla por cierta por lo que, en caso de duda sobre la culpabilidad del acusado, se ha favorecido su inocencia.

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