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El pueblo de 150 habitantes de Salamanca que repartirá cheques-bebé de 500 euros para atraer población

La ayuda consistirá en 250 al nacer y otros 250 euros al cumplir los tres años siempre que se sigan cumpliendo los requisitos

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El pueblo de 150 habitantes de Salamanca que repartirá cheques-bebé de 500 euros para atraer población
El Ayuntamiento de Villar de la Yegua (Foto: Google Maps)
Isabel Andrés Rodríguez
Isabel Andrés Rodríguez
Lectura estimada: 2 min.

Con el objetivo de combatir la despoblación y atraer y fijar habitantes al municipio, el Ayuntamiento de Villar de la Yegua ha aprobado la concesión de cheques-bebé a las familias empadronadas en el municipio que tengan hijos, tal y como publica este martes el Boletín Oficial de la Provincia.

La ayuda será de 500 euros, 250 euros al nacer y empadronarse y otros 250 euros al cumplir los tres años, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos.

"Este Ayuntamiento ha detectado que en los últimos años existe una clara tendencia a la disminución de la población, hecho que implica graves consecuencias para el municipio, ya que puede llegar un momento en que la escasa población impida atender unos servicios públicos adecuados y dignos, por otra parte, imprescindibles en los tiempos actuales. Y no disponiendo de los servicios aludidos, aún se incrementará más la tendencia a no residir en la localidad en busca de servicios que aumenten la calidad de vida de los ciudadanos", explica la ordenanza reguladora de esta subvención en su exposición de motivos.

En concreto, podrán ser beneficiarios los progenitores, ya sean casados, parejas de hecho inscritos en el registro de parejas de hecho municipal o autonómico o familias monoparentales que tengan hijos. Además, será necesario que estén empadronados en el municipio con al menos tres meses uno de los progenitores, que las personas beneficiarias continúen residiendo en el municipio en los tres años posteriores al momento de dictarse la resolución de concesión de la ayuda y que, en todo caso, el recién nacido haya sido empadronado por primera vez en el mismo municipio y domicilio que el beneficiario.

Las solicitudes se presentarán en el registro del Ayuntamiento en un plazo de tres meses a partir del día siguiente al nacimiento, o en el caso de adopción a partir del día siguiente a su inscripción en el libro de familia.