La Policía Local detectó el caso en un control rutinario en la avenida de Portugal durante la madrugada del sábado
Sin "responsabilidad penal" el acusado de un delito de abuso sexual en Salamanca por haber consumido drogas
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca, en la que se reconocían los hechos, pero sin responsabilidad penal
El pasado 18 de abril de 2022, la Audiencia Provincial de Salamanca absolvió al acusado de un delito de abuso sexual a una mujer, ocho años menor que él, por "apreciar eximente completa de responsabilidad penal de intoxicación plena por consumo de drogas tóxicas". Es decir, pese a ratificar que se produjeron tales hechos, se le eximía de cualquier responsabilidad penal porque había consumido cannabis y hachís en repetidas ocasiones. Eso sí, el acusado debía indeminar a la víctima con la cantidad de 3.000 euros por daños morales.
¿Cuáles fueron los hechos "probados"? Ambas partes se conocieron a través de una aplicación de citas y quedaron en varias ocasiones sin relaciones sexuales de por medio. Finalmente, ella decidió pasar la noche en casa del acusado, acostándose ambos a altas horas de la madrugada. Mientras tanto, el acusado había consumido cannabis y hachís en múltiples ocasiones, según se reconoce en la sentencia recogida por este medio; aunque no se llegó a presentar ningún historial clínico del acusado.
Alrededor de las 05:30 h., la víctima "se despertó repentinamente, pues el acusado estaba encima de ella y había introducido su pene en la vagina. Al referir alguna expresión", el varón, "que estaba en estado de inconsciencia, se despertó, e inmediatamente se separó de ella".
RECURSO DE APELACIÓN
Contra la citada sentencia se interpuso un recurso de apelación por la acusación particular, en el que se defendía la no aplicación del eximente por intoxicación plena por consumo de drogas, solicitando la pena de diez años de prisión, como autor criminalmente responsable de un delito de abuso sexual. Asimismo, se pedía que el acusado no pudiera aproximarse a la víctima a menos de 500 m, junto a la prohibición de comunicarse con ella mediante cualquier medio.
De igual manera, el acusado interpuso un recurso de apelación frente a la sentencia dictada, alegando que "la actuación de ambos participantes fue voluntaria en los hechos enjuiciados". Seguidamente, invoca la incorrecta condena por responsabilidad civil. Finalmente, pedía la absolución total ante la evidencia de que no hubo delito alguno.
SENTENCIA DEL TRIBUNA SUPERIOR DE JUSTICIA
Según se dispone, el Tribuna con sede en Burgos "confirma íntegramente la sentencia dictada"
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