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El mobiliario de las terrazas del centro tendrá que ser de lona, metal, madera o mimbre y contar con el visto bueno de los organismos de protección del patrimonio. El Ayuntamiento elegirá el modelo exigible de mobiliario en la Plaza y la Rúa Mayor.
El proyecto de ordenanza municipal para las terrazas ya está publicado para que los salmantinos sepan de primera mano los cambios que se avecinan. A lo largo de estas semanas se han filtrado detalles, pero aún quedan muchas novedades en el tintero.
Una de las más llamativas afecta al mobiliario de las terrazas del centro histórico (Plaza del Mercado, Corillo, San Julián, Poeta Iglesias, Espoz y Mina...). El Ayuntamiento había avisado de que quería una cierta uniformidad y ahora esa intención se convertirá en norma de obligado cumplimiento.
Según explica el proyecto de ordenanza, "el mobiliario a instalar será necesariamente de lona, metal, madera o mimbre, quedando prohibido el plástico en cualquiera de sus formas", los colores primarios (rojo, azul y amarillo) están vetados "expresamente" y los muebles elegidos deberán contar "con la autorización del órgano municipal y/o autonómico competente en materia de protección del patrimonio". Además, la norma restringe "la inserción de toda clase de publicidad en los elementos integrantes del mobiliario de terraza, sin que tenga tal consideración el nombre comercial del establecimiento". En resumen, adiós a las sillas de plástico patrocinadas por bebidas, al menos en las calles del casco histórico.
La Plaza Mayor y la Rúa son un caso aparte y con condiciones más estrictas. La ordenanza contempla que el Ayuntamiento elegirá el modelo de silla, mesa, sombrilla y cualquier otro elemento de la terraza "no autorizándose la instalación de otros modelos de mobiliario diferentes" en estos dos emplazamientos concretos.
¿Qué pasa con las sombrillas y estufas? Se admitirá su instalación "como parte del mobiliario", pero también con condiciones (las sombrillas no podrán medir menos de 2,25 metros de alto, por ejemplo). El uso de mamparas, cortavientos, jardineras u otros elementos decorativos se permitirá "excepcionalmente" y con limitaciones como cumplir las normas en cuanto a materiales y colores. Y ojo al detalle, porque no podrán delimitar ni cerrar el espacio de la terraza y deberán permitir "que ésta pueda ser atravesada por peatones o transeúntes".
Para rematar el capítulo de muebles y equipamientos, el titular del negocio "deberá disponer de una papelera de pequeñas dimensiones situada en cada mesa, con el fin de facilitar al máximo el proceso de recogida de los pequeños residuos derivados de la actividad". El Ayuntamiento de Salamanca se reserva el derecho de determinar el modelo "que podrá ser genérico para todos los emplazamientos contemplados en esta Ordenanza o específico para cada uno de ellos".
La ordenanza añade, en una disposición adicional, que los casos en los que resulte exigible la existencia de un modelo único autorizado de mobiliario de terraza los titulares de las licencias "dispondrán de un plazo máximo e improrrogable de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza Municipal para adaptar su mobiliario de terraza a dichas determinaciones". La ordenanza entrará en vigor dos semanas después de que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las reglas contempladas en esta ordenanza afectan a Calle Concejo, Calle Espoz y Mina, Plaza de la Libertad, Calle Meléndez, Calle Obispo Jarrín, Plaza de San Julián, Plaza del Peso, Plaza del Angel, Calle San Juan de la Cruz, Plaza del Poeta Iglesias, Calle Sánchez Barbero, Plaza del Mercado, Plaza del Corrillo, Plaza de San Juan Bautista, Plaza de San Justo y Calle Zamora (en el tramo comprendido entre la Plaza Mayor y la Calle Especias). También a la Plaza y la Rúa, pero en ambos casos con el detalle de que el Ayuntamiento se reserva el derecho de elegir el modelo concreto de terraza que deberán usar los establecimiento.
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