circle
24h

Seis meses de prisión para la regente de una agencia de viajes de Salamanca por no devolver casi 10.000 euros

Corresponden a un viaje por París y los Países Bajos contratado por cinco parejas que no pudo celebrarse a causa de la pandemia de Covid-19

imagen
Seis meses de prisión para la regente de una agencia de viajes de Salamanca por no devolver casi 10.000 euros
Isabel Andrés Rodríguez
Isabel Andrés Rodríguez
Lectura estimada: 2 min.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a la regente de una agencia de viajes de Salamanca a seis meses de prisión por la apropiación indebida de una cantidad cercana a los 10.000 euros.

Según la sentencia, la acusada ha sido condenada como autora directamente responsable de un delito de apropiación indebida, veredicto al que se ha llegado con la conformidad de la procesada.

Los hecho se remontan al año 2020, cuando cinco parejas contrataron un viaje por París y los Países Bajos en la agencia que dirigía la acusada, y cada una de ellas abonó 1.775 euros. El viaje estaba fijado para mayo de 2020, pero se suspendió como consecuencia de las restricciones derivadas de la pandemia de la covid-19, según informa EFE.

Los denunciantes, tras conversar con la acusada, acordaron abonar 195 euros más para retrasar el viaje y poder realizarlo aunque, al intentar concretarlo de manera posterior, la procesada les dio largas hasta que estos le pidieron que les devolviera el dinero, momento en que esta dejó de contestar al teléfono y a los mensajes de WhatsApp.

Además, la oficina de la agencia se encontraba cerrada cada vez que los afectados acudían en persona.

La acusada, pese a que el viaje no se realizó, no devolvió cantidad alguna a los denunciantes hasta poco antes del juicio oral, celebrado el pasado 29 de enero, entregando la cantidad de 10.000 euros.

Viendo estas circunstancias, la Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a la acusada a seis meses de prisión por un delito de apropiación indebida, además de pagar las costas del juicio.

Contra la sentencia no cabe recurso ordinario al derivar de un acuerdo por conformidad.