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Fracasa el intento de exjefes ETA de declarar prescrito el crimen de Miguel Ángel Blanco
Mantiene su decisión de procesar a estos antiguos miembros de la cúpula de ETA por los delitos de secuestro y asesinato terrorista con agravante de alevosía
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha reiterado que "no procede" declarar prescrito el atentado contra el edil del PP en Ermua (Vizcaya) Miguel Ángel Blanco en 1997 y ha confirmado su decisión de enviar al banquillo a varios exjefes de ETA por su presunta responsabilidad en el mismo.
García-Castellón ha dictado tres autos en los que rechaza declarar la prescripción de los delitos que se imputan a los exjefes de la banda terrorista Mikel Albisu Iriarte, Mikel Antza; Ignacio Miguel Gracia Arregui, Iñaki de Renteria; y Soledad Iparaguirre, Anboto; que pedían el archivo directo de la causa al haber pasado más 20 años -plazo legal de prescripción- del atentado.
Lo ha hecho en contra del criterio de la Fiscalía, que también vio prescritos los hechos para estos tres procesados, pero no para el cuarto, José Javier Arizcuren Ruiz, Kantauri, al haberse dictado su procesamiento en 2016, antes de que venciera el plazo.
En sus autos, a los que ha tenido acceso EFE, el magistrado recuerda que la prescripción ya fue invocada y resuelta por la sección cuarta de lo Penal, que desestimó la pretensión de los investigados, y reitera que "no ha lugar" a declarar prescritos los hechos y que, en todo caso, esta cuestión "puede reproducirse en el momento del juicio".
Confirma de este modo su decisión de procesar a estos antiguos miembros de la cúpula de ETA por los delitos de secuestro y asesinato terrorista con agravante de alevosía, al considerar que la decisión de secuestrar al concejal vasco requirió el consenso de todos los integrantes de la dirección de ETA y que los cuatro exjefes pudieron haber impedido el asesinato pero no lo hicieron, lo que evidencia "una voluntad inequívoca en la producción del resultado".
Pese a la decisión del juez, la Sala de lo Penal también deberá pronunciarse sobre la cuestión de la prescripción al haber recurrido ante ella los procesados.
Los tres alegaron que han transcurrido más de 25 años entre el momento en el que ocurrieron los hechos y el momento en el que el procedimiento se dirigió contra ellos, excediendo así el plazo de prescripción, fijado en 20 años.
La Fiscalía apoyó sus argumentos, mientras que el resto de acusaciones, entre las que figura el PP o asociaciones de víctimas como Dignidad y Justicia o la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), entre otras, los rechazaron de plano y pidieron seguir adelante con la causa.
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