La Policía Local detectó el caso en un control rutinario en la avenida de Portugal durante la madrugada del sábado
La Audiencia Provincial de Salamanca exime a un padre de pagar la pensión de alimentos a su hija de 29 años
La sentencia se confirma tras un primer fallo, alegando la falta de interés de la joven en la búsqueda activa de trabajo y su desafección respecto al padre
La Audiencia Provincial de Salamanca ha desestimado el rescurso de apelación de una joven sobre la sentencia dictada el pasado mes de julio de 2022, por la que se eximía a su padre de enviarle la pensión de alimentos acordada desde 2005 cuando ella ya ha alcanzado los 29 años de edad.
Según dicta la sentencia remetida, "no consta que estudie ni que trabaje" y, además, la mujer "vive en zamora desde hace diez años", marchándose de Salamanca cuando tenía 19 años. Afirma además el progenitor, que su hija vive en pareja desde hace 10 años.
En el lado contrario, la joven de 29 años argumenta para mantener la pensión que padece de un "trastorno adaptativo mixto". Sin embargo según las pruebas dispuestas, el jurado advierte de que se evidencia "o bien que está estabilizada o bien que ha superado esa situación".
Por estas trazones, la Sala ha concluido que la joven con 29 años cumplidos "mantiene un evidente y manifiesto desinterés por buscar un trabajo de forma activa y portrabajar, y si bien no tiene independencia económica, ésta solo es debida a su falta de diligencia e interés en la consecución de un empleo puesto que no se ha acreditado en autos ni causa física ni psíquica para que, con 29 años en el momento de la vista, pueda conseguir un empleo".
Situación a la que añaden la manifiesta desafección de la hija respecto a su padre imputable solo a ella, que de por sí "ya es causa suficiente para extinguir la pensión alimenticia".
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