logo

La formación del mercado común español (1933-1892) y las fluctuaciones económicas en el siglo XX (I)

El profesor Tamames inicia un nuevo serial sobre la "eterna polémica" de qué es España y al origen de sus territorios

imagen
La formación del mercado común español (1933-1892) y las fluctuaciones económicas en el siglo XX (I)
Manuel Durán, Alejandro Mon, Ramón de Santillán y Antonio Cánovas. TRIBUNA
Ramón Tamames Gómez
Ramón Tamames Gómez
Lectura estimada: 7 min.

Ahora que la pandemia va aflojando -cierto que con toda clase de incertidumbres sobre lo que aún pueda pasar-, aunque seguimos inmersos en la crisis energética y la guerra de Ucrania, con ocasión de la Fiesta de la Hispanidad han revivido antiguas pasiones políticas adormecidas. En otras palabras, entraremos de nuevo en la eterna polémica de qué es España, y por eso, hoy volvemos al tema de sus diversos territorios, que fueron transformándose a lo largo de siglos.


1. INTRODUCCIÓN

Aunque lejana, la monarquía visigótica, con sus treinta reyes que antes aprendíamos de memoria y de carrerilla, fue el momento de máxima unión de la Península Ibérica; incluyendo Portugal, sin más centro de gobierno que el propio del monarca y sus consejeros áulicos. San Isidoro de Sevilla hizo su Laudes Hispaniae, de lo que fue, para él, un tiempo feliz en un país excelente, y ya con independencia de Roma.

Pero a partir del año 711, con la invasión árabe, empezó un largo periodo que llamamos Reconquista, con un colapso de la Hispania de Isidoro. Y con un progresivo avance de los reinos cristianos hacia el sur, que es cuando nacieron las diferenciaciones históricas que hoy todavía se balancean sobre nosotros con el regionalismo y el nacionalismo.

Así nacieron Galicia, Asturias, el Reino de León, el de Castilla, y luego la unión de todos ellos con la Corona castellana; el País Vasco se integró a ella con sus tres señoríos, en lo que fue el conglomerado central de la luego nación española.

Luego, Navarra se quedó sin posibilidad de ampliación hacia el sur, encajonada entre Castilla y la Corona de Aragón; constituida ésta por una confederación del propio reino de ese nombre, más Cataluña, el Reino de Valencia, y el Reino de Mallorca (Baleares).

Después, en la senda de aplicación de la Constitución de 1978 vendrían las demás hoy CC.AA.: Cantabria, Rioja, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia, Andalucía y Canarias.

El caso es que los tres territorios fundamentales -Castilla, Navarra y Aragón-, se mantuvieron, terminada la reconquista, durante los dos siglos de la Casa de Austria reinante en España desde Carlos I (1517) como una confederación. Para después homogeneizarse, políticamente hablando, todo el territorio nacional con Felipe V, que simplemente dividió el país en regiones militares, con un Capitán General al frente de cada una, preservando los fueros de País Vasco y Navarra.

El primer rey de los Borbones inició la formación de lo que se llama el Mercado Común español, si bien es cierto que sus primeras actuaciones se reforzaron a lo largo de la atormentada era constitucional, desde 1833 a 1892: cuando ya se configuró definitivamente la unión aduanera española, claramente proteccionista, precisamente de 1892.

Muchas de las dificultades que hoy tenemos de entendimiento, proceden de esa diferenciación de territorios, y de su resistencia más o menos importante a las pretensiones de una organización única. Siendo importante por ello conocer nuestra historia de integración nacional, para saber un poco de qué va en los conflictos actuales.

En la serie que hoy empieza, de varias entregas, trataremos de explicar, lo mejor posible, todo ese desarrollo histórico.

Se pasó de un conjunto de mercados yuxtapuestos a un mercado común, para decirlo en la terminología actual de la teoría de la inte-gración. O si se prefiere, expresado de manera más convencional, se formó el mercado nacional, a través de una serie de mecanismos concretos: mejora de las comunicaciones; codificación civil y mercantil; unión arancelaria; fiscalidad única; superación del caos monetario; configuración de un nuevo sistema financiero y construcción de la red ferroviaria.

2. LAS COMUNICACIONES Y LA CODIFICACIÓN

La mejora de las comunicaciones se inició con Carlos III, que ordenó la construcción de los seis caminos reales, desde Madrid a Irún, La Junquera, Valencia, Andalucía, Extremadura y Galicia. En 1802 ya había unos 9.000 km de esos caminos de vehículos de ruedas, y si bien no existía un sistema regular de diligencias, los servicios de postas aseguraban una cierta fluidez dé las comunicaciones.

La introducción del correo tal como hoy lo conocemos, se produjo en 1850, fecha de publicación de la primera tarifa de franqueo por el sistema de sellos postales. Dos años después, se inauguró el primer servicio oficial de telégrafo, el cual fue abierto al público en 1855; en 1861 ya había 7.000 km de líneas telegráficas, una verdadera revolución de las telecomunicaciones que dio a la Prensa periódica un impulso extraordinario.

La codificación civil y mercantil no fue menos transcendente. Lo que todavía a principios del siglo XIX era un mosaico de derechos forales en lo civil, y de usos y costumbres dispares en lo mercantil, fue homogeneizándose. Con la codificación se perseguía un sistema jurídico de estructura lógica y de validez permanente, en el cual se recogiera en cuerpos legales todas las leyes y decretos, de modo que ya serían simples recopilaciones, sino ordenaciones nuevas e integrales por áreas de materias. Lo que se pretendía era instaurar el Derecho de la razón frente al de la historia, y el Derecho unitario frente a la variedad medieval; tal propósito quedó inscrito en el artículo 258 de la Constitución de Cádiz.

Los primeros esfuerzos para la codificación se produjeron en el trienio liberal (1820-1823), avanzaron en 1829 con el Código de Comercio, y se impulsaron al formarse, en 1843, la Comisión General de Codificación, de la que surgieron el Código Penal de 1848 (precedente del de 1870, el mejor de los escritos en lengua española, y del que con toda una serie de reformas procede el texto todavía hoy vigente), la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882, el Código de Comercio de 1885, y el Código Civil de 1889.

Ese último Código es el que resultó de más difícil elaboración, por la resistencia, ya antes destacada, de los defensores del derecho foral, y especialmente de los juristas de Barcelona encabezados por Durán y Bas. En definitiva, con todas sus imperfecciones, el movimiento codificador permitió la configuración de un derecho uniforme que facilitó el funcionamiento del mercado único.

3. EL SISTEMA FISCAL

Lógicamente, la configuración del sistema fiscal uniforme había de superar la existencia de los distintos marcos tributarios de los diversos territorios. Por otra parte; a principios del siglo XIX, y a pesar de varios intentos desde la instauración borbónica, la Hacienda española se encontraba muy debilitada. En 1780, la recaudación era aproximadamente la mitad que en Francia, y una sexta parte de la británica; muestra evidente de la próxima e inevitable decadencia política, ya que la falta de recursos impediría desarrollar acciones de gran potencia.

Los impuestos presentaban una distribución muy desigual, tanto desde el punto geográfico como desde el personal. La mayor parte de los ingresos procedían de la Corona de Castilla, mediante un complejo sistema de más de cien figuras tributarias, si bien tres grupos de ellas (rentas provinciales, monopolios o estancos, y aduanas) proporcionaban más del 90 por 100 de la total recaudación. De las rentas provinciales, la esencial era la alcabala (un impuesto del 10 por 100 sobre el valor de las ventas y de las permutas), que constituía, con mucho, la figura impositiva más destacada. Se completaba con los llamados 'cuatro cientos', que llevaban la incidencia al 14 por 100. Aparte, estaba, el muy impopular impuesto 'de millones', que recaía sobre los consumos de primera necesidad (vino, aceite, carne, jabones, velas de sebo, etc.).

En el último tercio del siglo XVIII, las pretensiones de recuperar el rango de gran potencia, hizo de todo punto insuficiente la recaudación impositiva normal. La Hacienda recurrió entonces a la emisión de los llamados vales reales, primera forma de Deuda Pública española, origen, a su vez, ya lo vimos, del Banco de San Carlos -futuro Banco de España- como institución que haría de agente del Tesoro. Los vales reales también fueron, más adelante, una de las causas que impulsaron la desamortización; por la necesidad de allegar recursos suficientes a fin de amortizarlos en la cifra acumulada desde 1780 a 1835; un tema al que también nos hemos referido con anterioridad.

Frente al grave conjunto de problemas mencionados; en 1845, la reforma tributaría Mon-Santillán (una de las primeras medidas de la Década Moderada 1844-1854), se caracterizó por su pragmatismo y la modestia de sus objetivos. De hecho, abarcó a sólo el 50 por 100 de la recaudación, puesto que la otra mitad correspondía a los monopolios- (los estancos oficiales: fundamentalmente el tabaco y el papel timbrado), y las aduanas. El sistema tributario en sentido estricto quedó configurado -para todo el territorio nacional- en tomo a cinco impuestos: la contribución de inmuebles, cultivos, y ganaderías; el subsidio industrial y de comercio; el impuesto sobre el consumo de especies determinadas; la contribución sobre inquili-nato; y el derecho de hipotecas.

El sistema de Mon-Santillán siguió siendo regresivo en lo social, y la ignorancia del fisco sobre las bases tributarias continuó siendo casi increíble.

Sin embargo, la reforma significó el establecimiento de un sistema estable, que duró sin apenas modificaciones hasta 1900, cuando lo completó Raimundo Fernández Villaverde al introducir la imposición sobre las utilidades del capital y del trabajo, primeras formas de impuestos directos personales.

El siguiente paso fiscal importante se haría esperar hasta 1932, año en qué la Segunda República española creó el impuesto sobre la renta.

4. COMERCIO EXTERIOR Y EXTERIOR

Si el sistema fiscal tenía gran importancia, para definir la actividad pública, la libertad de comercio interior y la creación de un sistema de protección uniforme frente al. exterior, eran dos cuestiones fundamentales para la actividad privada. La libertad de comercio interior se decretó en tiempos de Carlos III, y adquirió rango constitucional en las Cortes de, Cádiz.

El Arancel de Aduanas único para todo el país, se retrasó bastante más; hasta 1841, cuando por ley de 9 de julio se suprimió la última aduana interior, concretamente la de Miranda de Ebro, que separaba el País Vasco del resto de España. Poco después (1852), para compensarlas por el declive del comercio que la emancipación de la América Continental les había originado, a las Islas. Canarias se les otorgó el régimen de puertos francos, quedando, pues, como territorio exento al margen del Arancel de la Península y Baleares.

Ulteriormente, el arancel español evolucionó de forma pendular -del librecambismo al proteccionismo- durante todo el siglo XIX. Hasta que, en 1892, en la época culminante de la Restauración, su máximo exponente político, Cánovas, se auto- proclamó proteccionista, dejando definitivamente el sistema productivo -español al margen de cualquier veleidad librecambista.

Así las cosas, el mercado interior quedó reservado para la producción nacional. Para industrializarse, los textiles catalanes, los siderúrgicos vascos, los carboneros asturianos, los harineros de Castilla, etc., pactaron con la Restauración canovista. Claro es quedos altos niveles de protección del Arancel aminoraron los efectos estimulantes de una cierta competencia exterior, siendo frecuentes las situaciones monopolísticas y con toda clase de prácticas colusorias de la competencia en el mercado.


Dejaremos para próximas sesiones de trabajo la continuación de cómo se formó el mercado común español. Y como siempre, para conectar con el autor, los lectores de Tribuna, pueden hacerlo a través del correo electrónico castecien@bitmailer.net.

0 Comentarios

* Los comentarios sin iniciar sesión estarán a la espera de aprobación
Mobile App
X

Descarga la app de Grupo Tribuna

y estarás más cerca de toda nuestra actualidad.

Mobile App