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Abierta la convocatoria de ayudas por nacimiento o adopción, impulsada por el Ayuntamiento de Salamanca y correspondientes al ejercicio 2025, dotadas con 900 euros por cada hijo nacido o adoptado, que se incrementará hasta los 1.500 euros en situaciones en las que los ingresos familiares no superen el 50% del límite de ingresos previsto en los baremos establecidos en la convocatoria que publica hoy el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Con un presupuesto total de 450.000 euros, el Ayuntamiento de Salamanca mantiene esta línea de ayudas dentro del compromiso municipal con el fomento de la natalidad y para facilitar también la conciliación de la vida familiar y laboral. El año pasado, 318 familias se beneficiaron de esta convocatoria, ascendiendo a 412.800 euros el importe concedido en ayudas al nacimiento o la adopción.
Los requisitos para pedir estas ayudas son, con carácter general, que todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenecen las personas solicitantes deben estar empadronados en la ciudad de Salamanca, con un antigüedad mínima ininterrumpida de 1 año anterior a la fecha del nacimiento o adopción, y adquirir un compromiso de permanecer empadronados durante los tres años siguientes, salvo causa justificada. Están exentas de este requisito de antigüedad las personas emigrantes retornadas, las víctimas de violencia de género y personas solicitantes de protección internacional dentro de la legislación del derecho de asilo.
En segundo lugar, pueden acceder a las ayudas las familias cuyos ingresos sean inferiores a 45.360 euros para aquellas con dos miembros, a 52.920 euros para tres miembros, a 60.480 euros para cuatro miembros, a 68.040 euros para cinco miembros e inferiores a 75.600 euros para familias con seis o más miembros.
La solicitud de estas ayudas debe formalizarse en el Registro General de Ayuntamiento con el formulario disponible en la página web www.aytosalamanca.es. El plazo de presentación de la solicitud por nacimiento será de seis meses a partir del día siguiente al nacimiento, o en el caso de adopción a partir del día siguiente a su fecha de la resolución judicial o administrativa de dicha adopción.
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