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Carbajosa abre el plazo para que las familias numerosas puedan solicitar la bonificación hasta el 90% del IBI

También se puede solicitar la reducción tarifaria del 30% en las tasas de agua, basura y saneamiento hasta el próximo 3 de febrero

Carbajosa abre el plazo para que las familias numerosas puedan solicitar la bonificación hasta el 90% del IBI
Isabel Andrés Rodríguez
Isabel Andrés Rodríguez
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Las familias numerosas de Carbajosa de la Sagrada ya pueden solicitar las bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles, que se sitúan entre el 15% y el 90% de la cuota íntegra para el ejercicio 2025 y que se aplicará exclusivamente sobre la cuota correspondiente a la vivienda habitual, que debe ser la del empadronamiento familiar.

Además, otro de los requisitos establecidos es que el conjunto de los ingresos de los miembros de la familia numerosa no supere los siguientes límites de ingresos: la bonificación será del 90% cuando los ingresos familiares no excedan del doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) (30.240 euros); será del 45% cuando los ingresos familiares no superen el triple del SMI (45.360 euros); y será del 15% cuando estos ingresos no excedan del cuádruple del Salario Mínimo Interprofesional (60.480 euros).

Las familias interesadas pueden formalizar su petición en el Registro General del Ayuntamiento de Carbajosa de la Sagrada hasta el próximo 3 de febrero. El solicitante deberá ser el titular del recibo del IBI y junto a la solicitud deberá aportar una copia del Título de Familia Numerosa en vigor a 1 de enero de 2025 o de la resolución de la concesión de la condición de Familia Numerosa a esa fecha, junto al volante de empadronamiento en el que aparezcan todos los miembros de la unidad familiar (se aportará de oficio por el Ayuntamiento).

Asimismo, los vecinos también pueden solicitar la reducción tarifaria de las tasas por los servicios de suministro de agua potable, de saneamiento de aguas residuales y de recogida y tratamiento de basura y residuos sólidos urbanos. El importe de la reducción para los beneficiarios es del 30% en las tarifas correspondientes, excepto para las viviendas en régimen de comunidad con un único contador a las que se aplicará el 30% de la tarifa mínima.

Entre los requisitos establecidos y que deberán cumplir los solicitantes se incluye que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en el domicilio objeto de la solicitud y no deberán superar los límites de ingresos de la unidad familiar en el ejercicio 2023 fijados en la convocatoria: para las familias de 6 miembros no superarán 3 veces el SMI (45.360 euros); para las familias de 5 miembros no superarán 2,5 veces el SMI (37.800 euros); para las familias de 4 miembros no superarán 2 veces el SMI (30.240 euros); para las familias de 3 miembros no superarán 1,5 veces el SMI (22.680 euros); y para las familias de 2 miembros no superarán 1 vez el S.M.I. (15.120 euros).

Los vecinos que se encuentren en situaciones de discapacidad, pensionistas y desempleados con personas dependientes, que pudieran computar como dos miembros de la unidad familiar en los casos y condiciones establecidas en las ordenanzas, deberán presentar la documentación correspondiente para acreditar dicha circunstancia.

El plazo de solicitud de la reducción tarifaria de estas tasas se podrá realizar en el Registro General del Ayuntamiento de Carbajosa de la Sagrada hasta el día 3 de febrero.