La votación se producirá el jueves 16 de noviembre
La amnistía asume que aplicar la legalidad "no es suficiente" para "resolver el conflicto"
La proposición anula las responsabilidades penales, contables y administrativas desde 2012 y contempla que los posibles recursos "no tendrán efectos suspensivos"
El contenido de la proposición de ley de la amnistía empieza a filtrar algunos de sus contenidos. Por el momento, han trascendido los siguientes, recoge EFE.
Por qué se aplica
La proposición de ley de amnistía que se va a registrar en el Congreso justifica su necesidad en que la aplicación de la legalidad es "necesaria", pero "en ocasiones no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo", por lo que aboga porque el Derecho se adapte al contexto político.
Por tanto, añade, "esta amnistía constituye una decisión política adoptada bajo el principio de justicia en el entendimiento de que los instrumentos con los que cuenta un estado de derecho no son, ni deben, ser inamovibles; toda vez que es el Derecho el que está al servicio de la sociedad y no al contrario", expone el preámbulo de la norma.
Se justifica la amnistía "por la convivencia democrática", "en aras del interés general" y "para la superación de un conflicto político".
Anulación de responsabilidades
La ley de la amnistía implica anular la "responsabilidad penal, administrativa y contable" de todos aquellas personas vinculadas con la preparación, ejecución y consecuencias del proceso soberanista en Cataluña durante una década, entre el 1 de enero de 2012 y el 13 de noviembre de 2023.
La amnistía se aplica no solo a los líderes de ERC y Junts, Oriol Junqueras y Carles Puigdemont, junto a los principales dirigentes independentistas (consellers y diputados), sino también a directores de colegios del 1-0, alcaldes, manifestantes así como los agentes policiales que actuaron durante el referéndum del 1 de octubre de 2017.
Órdenes judiciales sin efecto
La ley de Amnistía incluye una referencia directa al expresident Carles Puigdemont al señalar que "quedarán sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión" así como "las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención", que afectan también a otros tres dirigentes fugados.
Estos son los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig junto a la secretaria general de ERC, Marta Rovira. Todos ellos contaban con una orden nacional de detención dictada por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena.
Plazos
La proposición de ley de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña da un plazo máximo de dos meses a los tribunales y los órganos administrativos o contables implicados en casos vinculados al procés para aplicar la amnistía. En el título III, establece que su aplicación será "preferente y urgente" en un plazo máximo de dos meses y que los posibles recursos contra las decisiones que se adopten "no tendrán efectos suspensivos".
La ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Exclusiones
La Ley de Amnistía excluye el perdón para los delitos de terrorismo cuando exista una condena firme y hayan consistido en alguna de las conductas previstas en la directiva europea de 15 de marzo de 2017, que abarca desde atentados mortales a tenencia y fabricación de explosivos, así como los de torturas.
Esa exclusión deja ahora mismo en el aire una posible amnistía para dos de las causas abiertas al independentismo por terrorismo: la de las protestas de Tsunami Democràtic, en la que la Audiencia Nacional investiga al expresidente catalán Carles Puigdemont y la secretaria general de ERC Marta Rovira, así como la de los CDR encausados por planificar actos de sabotaje en repuesta a la sentencia del procés.
Ni rastro de 'lawfare'
La proposición de ley de amnistía no incluye ninguna alusión al 'lawfare' o persecución política desde los tribunales y tampoco menciona las comisiones de investigación en el Parlamento sobre sentencias judiciales.
El texto ignora esos dos aspectos incluidos en el acuerdo entre el PSOE y Junts que ha suscitado la crítica unánime de todo el ámbito judicial, pero sí prevé la reforma del Código Penal para incluir en su artículo 130 la amnistía como causa expresa de extinción de la responsabilidad penal junto al indulto.
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