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Alerta de incendios forestales hasta el 23 de agosto por altas temperaturas

Se suspenden todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado

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Alerta de incendios forestales hasta el 23 de agosto por altas temperaturas
Tamara Navarro
Tamara Navarro
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El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicó hoy la resolución de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se declara situación de alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales para hoy lunes, el martes y el miércoles en la Comunidad por altas temperaturas. En este sentido, se suspenden todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado, debido a las elevadas temperaturas.

La Junta prohíbe encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello; el uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas; la suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado; la prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego; la utilización de maquinaria en el monte y la franja de 400 metros que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. Además, el módulo de parada de las cuadrillas de tratamientos selvícolas preventivos se incrementará a nivel D (8 horas) y el de las unidades de brigada y autobomba (UBA) se incrementará a nivel E (10 horas).

Se exceptúa de estas prohibiciones el uso de esa maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente previamente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos.

Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.

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