El borrador establece que el mandato del rector será de 6 años improrrogables y serán los Estatutos de cada universidad los que determinen qué requisitos deberán reunir para presentarse.
Terremoto en las universidades: los departamentos pasarán de 12 a 35 investigadores
El Gobierno prepara un Real Decreto para reformar estos organismos que, en la práctica, les obligará al menos a triplicar su número de integrantes
Los departamentos universitarios deberán estar integrados por un mínimo comprendido entre 35 y 50 docentes e investigadores a tiempo completo, en lugar de los 12 actuales, según un borrador de real decreto que prepara el Gobierno.
El texto, adelantado hoy martes por El Mundo y citado por EFE, tiene por objeto regular la organización de los departamentos universitarios en un contexto en el que "la compartimentación del conocimiento ha ido quedando superada", afirma el futuro real decreto, que desarrolla la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), que entra en vigor el miércoles 12.
Según esta ley orgánica, las estructuras universitarias han de fomentar la cooperación, la multidisciplinariedad y la interdisciplinariedad, por lo que es "necesario reformar" la regulación vigente de dichos departamentos.
Así, el Ministerio de Joan Subirats quiere que los departamentos estén formados por un mínimo de entre 35 y 50 miembros de personal docente e investigador doctor a tiempo completo, mientras que la norma hoy vigente establece que el número mínimo de catedráticos y profesores titulares necesario para constituir un departamento "no podrá ser inferior a 12 con dedicación a tiempo completo".
Agrega que cuando un departamento cuente con profesorado que imparta docencia en dos o más centros dispersos geográficamente, cada universidad podrá crear secciones departamentales, fijando el número mínimo de personal docente e investigador doctor a tiempo completo necesario para que pueda constituirse la sección.
Junto a todo esto, el borrador de real decreto modifica dos normas para adaptarlas a las nuevas circunstancias. Por un lado, se reforma el real decreto sobre expedición de títulos universitarios oficiales para incorporar los títulos vinculados a enseñanzas emanadas de la iniciativa Universidades Europeas. En concreto, se pretende una actualización de los formatos que han de cumplir las titulaciones universitarias internacionales en el marco del Programa de Universidades Europeas de la Comisión Europea, conocidas como 'Alianzas', siempre que estos títulos sean expedidos por una universidad española.
Por otro lado, se modifica también parcialmente el real decreto sobre la concesión directa de subvenciones a universidades públicas españolas para la modernización y digitalización en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a los únicos efectos de ampliar el plazo de justificación de las ayudas recibidas.
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