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10 cosas por las que te puede multar la DGT, y que quizá no sabías
¿Sabes que pueden ponerte una multa por comer mientras conduces, sacar el brazo por la ventanilla o conducir con chanclas?
Conducir con chanclas, comer mientras conduces, sacar el brazo por la ventanilla o lavar el coche en la calle son algunos gestos que nos pueden acarrerar una multa de tráfico, ya que el Código de Circulación considera que son comportamientos que pueden resultar peligrosos para la seguridad vial. Estos son 10 cosas por las que te puede multar la DGT, como nos recuerda la OCU, y que conviene tenerlas en cuenta para no tener que pagar una multa.
- Ojo con la ropa y con el calzado que llevas a la hora de conducir: El Reglamento General de Circulación no dice la ropa que hay que llevar, pero sí obliga a que permita mantener una adecuada libertad de movimientos. Así, por ejemplo, llevar un abrigo demasiado grueso, ir sin camiseta o conducir con chanclas pueden impedir al conductor maniobrar con seguridad, si así lo interpretan los agentes. Puede suponer una multa de entre 80 y 200 euros.
- Tirar objetos por la ventanilla: Está prohibido, así como depositar objetos en la vía que puedan entorpecer la circulación, parada o estacionamiento de los vehículos. Tirar objetos por la ventailla, como colillas, puede acarrear una sanción de 500 euros y la retirada de 6 puntos.
- Utilizar el claxon sin motivo justificado: Si no hay ninguna situación de peligro de la que advertir, utilizar el claxon puede suponer una sanción de 80 euros, al igual que usar sonidos estridentes.
- Lavar el coche en la calle: Lo prohíbe el Reglamento General de Circulación, tanto lavar el coche como cambiar el aceite en la calle. Dependiendo de los ayuntamientos, la sanción puede superar los 1.000 euros si se arrojan residuos peligrosos a la vía pública.
- Sujetar el móvil con la mano: Da igual que no estés hablando por teléfono. Si sujetas el móvil con la mano Tráfico puede multarte con hasta 200 euros de multa y la retirada de 6 puntos.
- Comer mientras conduces: Un gesto, en apariencia inofensivo, que puede ser interpretado como un comportamiento que nos impide mantener la atención permanente a la conducción. Puede ser motivo de sanción, hasta 80 euros.
- Dejar el vehículo aparcado en la calle durante muchos días: En muchas de las ordenanzas municipales se recoge un tiempo máximo de estacionamiento en la calle, por lo que hay que cambiar el coche de sitio o cerciorarse de que se puede seguir aparcando.
- Conducir con una mano o con el brazo en la ventanilla: Los agentes pueden interpretar que no se mantiene la posición de conducción adecuada, con ambas manos en el volante. Puede suponer una multa de 80 euros.
- Circular por el carril izquierdo o central si el derecho está libre: En autopias y autovías, este comportamiento reduce la capacidad de la vía y propicia maniobras peligrosas, por lo que puede suponer una multa de 200 euros.
- Cruzar fuera del paso de peatonas y caminar por autovías: Los peatones también pueden ser multados. Por ejemplo, caminar por el arcén de una autovía o por el lado derecho de una carretera les pueden suponer una sanción de 80 euros, mientras que otros aún más graves, como cruzar con un semáforo en rojo o caminar por un carril bici pueden suponer una multa de 200 euros.
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