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Los jueces de Castilla y León han denegado la revisión de penas por la 'Ley del sí es sí' en más de la mitad de los casos
En 45 de los 77 expedientes revisados por las audiencias provinciales no ha habido rebaja, si bien en seis casos la rebaja de pena ha supuesto su excarcelación
Los jueces de Castilla y León han denegado hasta ahora la revisión de penas en más de la mitad de los casos (en el 58%, en concreto) en los que se ha solicitado la revisión en aplicación de la reforma del Código Penal a través de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como 'Ley del Sí es Sí'. En concreto, en 45 de los 77 expedientes revisados por las audiencias provinciales de Valladolid, Burgos, Zamora, Segovia, Soria y Palencia las resoluciones han sido contrarias a revisar la pena, según los datos ofrecidos por el Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y recogidos por EP.
En los casos en los que sí se ha reducido la pena, la aplicación de la nueva Ley ha supuesto seis excarcelaciones.
En el caso de Burgos, los expedientes revisados en aplicación de la nueva reforma se eleva a 21, con nueve resoluciones contrarias a revisar la pena y otras 12 que sí han procedido a rebajar condenas.
De estas últimas, cinco conllevaban la excarcelación de los condenados, si bien la medida ha beneficiado a cuatro porque en un caso el beneficiado no ha salido a la calle porque tenía otra condena a mayores por una causa distinta a la de abusos sexuales.
Por lo que respecta a la Audiencia de Valladolid, los expedientes revisados han sido 29. De ellas, 25 resoluciones dictadas han acordado que no procedía revisar la pena y en el caso de otras cuatro se han rebajado las penas, sin que a uno de los revisados le supusiera su excarcelación. De las tres restantes no se tienen datos de qué ha ocurrido con ellos.
En Zamora, diez han sido los expedientes revisados, con una resolución contraria a revisar la condena y otras nueve revisadas a la baja, una de las cuales ha permitido al condenado recuperar de nuevo la libertad.
Respecto de Palencia, solo se inició el trámite de revisión en aquellas sentencias dictadas por la Audiencia en delitos contra la libertad sexual en las que el penado se encuentra cumpliendo de forma efectiva la condena de prisión que le fue impuesta.
Así, el número de sentencias revisables ha sido ocho. De esas sentencias, solo en dos se ha procedido a la rebaja efectiva de la pena inicialmente impuesta. En el resto, no se ha modificado la pena al ser la nueva regulación igual o más desfavorable que la anterior.
En la Ejecutoria 7/2020 (abuso sexual a menor de 16 años), atendiendo al criterio de proporcionalidad que se tuvo en cuenta en la sentencia de instancia, se ha rebajado la pena que ha pasado de ocho años de prisión a seis años. El penado continúa el cumplimiento en el centro penitenciario correspondiente.
En cuanto a la Ejecutoria 16/2008 (agresión sexual), atendiendo al mismo criterio expuesto, se ha rebajado la pena inicialmente impuesta de diez años y seis meses de prisión a diez años. En este caso, dado lo avanzado del cumplimiento, la rebaja de pena ha determinado la excarcelación por cumplimiento del penado.
Ninguna de las resoluciones dictadas es todavía firme dado que se encuentran en plazo para poder ser recurridas. Hasta la fecha, no se ha interpuesto ningún recurso.
En la provincia de Segovia, se han revisado seis expedientes, cuatro de oficio y dos a petición de parte. Una de las revisiones de parte está pendiente de oír al penado antes de resolver.
En cuatro resoluciones dictadas se ha acordado que no procede revisar la pena, mientras que en una se ha revisado la pena a la baja. En dicho auto, se rebajó la pena de 12 años de prisión a 9 años, si bien actualmente el penado cumple condena en Rumanía donde consta que está en prisión por otras causas.
Finalmente, en Soria la Audiencia Provincial ha revisado tres expedientes pero en ninguno de los casos el tribunal a considerado oportuno modificar las condenas.
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