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Las pruebas diagnósticas de tuberculosis a terneros de cebadero son obligatorias desde el 1 de enero
La directora general de Producción Agrícola y Ganadera explica en Salamanca que la Comisión Europea "no diferencia entre reproducción y de cebadero"
La Junta de Castilla y León ha confirmado la obligatoriedad de realizar pruebas diagnósticas de tuberculosis a ternero de cebadero desde el pasado 1 de enero. Así lo explicó la directora general de Producción Agrícola y Ganadera, Teresa Rodríguez, durante una jornada técnica con profesionales del sector ganadero que presidió en el salón de actos de la Delegación Territorial de Salamanca. La medida se trasladará al resto de la Comunidad.
"Dada la situación en la que nos encontramos, a nivel normativo, la Dirección General y, por encima, la Consejería ha tomado la decisión de que lo más importante es dar la información correcta, provincia por porvida, de lo que se nos viene encima", anunció, esperando además, la recepción de sugerencias por parte de los profesionales del sector. "Es un tema nada agradable, una imposición más a un sector que ya tenía una situación complicada", reconoció.
Según manifestó Rodríguez durante el encuentro, la Junta ha mostrado su desacuerdo ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en ciertos aspectos, pero sí dejó claro que "está sometido a las directrices de la Unión Europea" y matizó que, en lo que se refiere a su traslación al plan nacional, han intentado "flexibilizar todo lo posible".
En concreto, la normativa vigente viene recogida en el reglamento 689/2020, que entró en vigor en abril de 2021, y así está establecido en el Programa Nacional de Tuberculosis de 2022. "Se nos dejó una moratoria en su aplicación a cebaderos hasta enero de 2023, es decir, que sí que hubo moratoria durante todo el año 2022, pero ya es de obligado cumplimiento", señaló.
La clave estriba en que la Comisión Europea "no hace una diferenciación entre códigos de explotación de reproducción y códigos de explotación de cebadero", de modo que todo debe estar libre de tuberculosis. La excepción que la Comisión otorgó a Portugal y a España residía en que que "esa prueba diagnóstica anual en la explotaciones de reproducción no fuer exhaustiva en cebaderos, porque el reciclaje de animales que hay un cebadero no existe en reproducción". Por eso, según continuó, "esa prueba diagnóstica no se hizo, pero ahora sí, así que todos los animales que entren en un cebadero tienen que estar libres de tuberculosis", certificó.
Entre las excepciones, la directora general mencionó los animales que hayan tenido una prueba de tuberculosis en los seis meses anteriores a hacer el movimiento y también los casos en que el cebadero sea del mismo titular y tenga una prevalencia inferior al uno por ciento, que en Salamanca se reduce a explotaciones de Alba de Tormes, Peñaranda de Bracamonte y Sequeros.
La pruebas de movimiento se deben hacer en los 45 días anteriores o posteriores al movimiento, en origen o en destino, da igual, aclaró la director general, quien desmintió que no se se esté cumpliendo en otras comunidades autónomas. En cualquier caso, y respecto al traslado entre provincias, reiteró que "todos los que quieran hacer movimientos a zonas libres de tuberculosis tienen que hacer las pruebas. Esto nos imponen y no podemos saltarnos la ley. Esto es lo que hay", zanjó.
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