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Paralizado el astronómico contrato para renovar las ambulancias de Castilla y León por un recurso contra las horas extra
El Tarcyl suspende cautelarmente el procedimiento de contratación por solicitud de CGT y para un contrato de 700 millones de euros
El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León (Tarcyl), dependiente del Consejo Consultivo, ha estimado la solicitud de suspensión cautelar del procedimiento de adjudicación del contrato del servicio sanitario terrestre en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León formulada por la Confederación General del Trabajo (CGT)-Federación Local de Sindicatos de Valladolid. El contrato, uno de los mayores de la historia de la comunidad, pretende renovar el servicio de ambulancias, con ampliación del número de 600 a 700 operativas y una astronómica cifra de más de 700 millones de euros por seis años. El contrato expiró a finales de junio sin que se haya adjudicado el nuevo, pero el servicio se seguirá prestando.
La solicitud, ahora estimada, solicitaba que se suspendiera el procedimiento de adjudicación de forma temporal hasta la resolución del recurso planteado por esta organización relativo a los pliegos que han de regir la contratación del servicio sanitario terrestre en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
El sindicato recurrió esta licitación por considerar que los aumentos de plantilla que contenía el pliego resulta "insuficiente" para poder cumplir una reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre horas extra, motivo por el cual CGT decidió denunciar también el actual convenio colectivo del sector, según han explicado fuentes del mismo.
En su acuerdo, al que ha tenido acceso Europa Press, la entidad interesa la suspensión de la tramitación del expediente al amparo del artículo 51.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
El Tribunal recuerda que la finalidad de la suspensión solicitada sería, en su caso, garantizar la efectividad de una resolución de carácter estimatorio y, en todo caso, que el fundamento de las medidas cautelares descansa en que exista una situación tutelable, así como una apariencia de buen derecho.
En el presente supuesto, el Tarcyl subraya que "una regla de prudencia aconseja que este Tribunal se pronuncie a favor de la suspensión del procedimiento", pues la continuación del procedimiento produciría, de estimarse el recurso, un perjuicio no sólo a las empresas recurrentes, sino también a los licitadores que hayan podido concurrir a la licitación, así como al interés público, ya que la estimación del recurso conllevaría la retroacción del procedimiento con la consiguiente dilación en la contratación en cuestión.
Asimismo, el sindicato ha defendido la gestión por parte de la Administración de este servicio en lugar de dejarlo en manos privadas, pues a su juicio esto supone "un derroche de dinero público" y un perjuicio en las condiciones laborales de sus trabajadores, con "recortes en salarios y en seguridad e higiene".
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